Avanzar Capacitaciones E.I.R.L. es una OTEC con más de 10 años de experiencia
¿Qué es IMPULSA PERSONAS?
Es un incentivo tributario que permite a las empresas clasificadas por el SII como contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley del Impuesto a la Renta, descontar del impuesto a pagar, los montos invertidos en Programas de Capacitación para trabajadores de la propia empresa, potenciales trabajadores o ex trabajadores, con los alcances, límites y montos que dispone la ley N°19.518.
IMPULSA PERSONAS es una oportunidad del SENCE que contribuye al aumento de la productividad de personas, trabajadores/as y empresas, al mismo tiempo que impulsa el desarrollo económico y social del país.
Como empresa podrás utilizar más de una oportunidad IMPULSA PERSONAS para obtener mejores resultados. Por ejemplo, evaluar las competencias de tus trabajadores/as para detectar las brechas en sus competencias, las que luego podrán acortarse a través de la capacitación. Finalmente será posible certificar formalmente las competencias laborales adquiridas para un determinado puesto de trabajo.
¿Qué es IMPULSA PERSONAS?
Las empresas contribuyentes en Primera Categoría ante SII (Ley sobre Impuesto a la Renta) que:
• Tengan una planilla anual de remuneraciones imponibles superior a 35 UTM.
• Tengan las Cotizaciones Previsionales de sus trabajadores/as pagadas.
¿Cuántos recursos puede destinar la empresa en IMPULSA PERSONAS?
La empresa podrá estimar, de acuerdo a su planilla anual de remuneraciones imponibles del año anterior, el monto disponible para utilizar en IMPULSA PERSONAS de acuerdo a los siguientes tramos:
¿Cuánto es el monto del costo del curso a imputar al programa IMPULSA PERSONA?
Este monto varía de acuerdo a la remuneración de cada participante, ver la siguiente tabla:
¿Cuál es la duración mínima de las actividades de capacitación?
8 horas cronológicas para cursos que se codifiquen a contar del 3 de noviembre de 2014. Se podrán comunicar sin problema aquellos cursos que hayan sido codificados con anterioridad, que cuenten con menos horas.
¿Qué son los OTEC y los OTIC?
Los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) son instituciones acreditadas por Sence que tienen la exclusividad para ejecutar actividades de capacitación que puedan ser imputadas al programa IMPULSA PERSONAS (ex franquicia tributaria).
Los únicos cursos no ejecutados por un OTEC que podrán imputarse a la franquicia tributaria de IMPULSA PERSONAS son los cursos internos y los inter-empresas.
Los Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación (OTIC) son organismos que administran para capacitación parte o todo del 1% de remuneración imponible de sus empresas afiliadas. Además, sirven de nexo entre la empresa y el OTEC. La adhesión a un OTIC es de carácter voluntario.
¿Cuáles son los pasos a seguir?
Paso 1:
Definir si realizará la capacitación en forma directa o si elegirá a un OTIC como intermediario.
Paso 2:
Definir la actividad de capacitación que responda a los intereses de la empresa.
Paso 3:
Gestionar la actividad de capacitación, comenzando por su comunicación a Sence
¿Qué es IMPULSA PERSONAS?
Es un incentivo tributario que permite a las empresas clasificadas por el SII como contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley del Impuesto a la Renta, descontar del impuesto a pagar, los montos invertidos en Programas de Capacitación para trabajadores de la propia empresa, potenciales trabajadores o ex trabajadores, con los alcances, límites y montos que dispone la ley N°19.518.
IMPULSA PERSONAS es una oportunidad del SENCE que contribuye al aumento de la productividad de personas, trabajadores/as y empresas, al mismo tiempo que impulsa el desarrollo económico y social del país.
Como empresa podrás utilizar más de una oportunidad IMPULSA PERSONAS para obtener mejores resultados. Por ejemplo, evaluar las competencias de tus trabajadores/as para detectar las brechas en sus competencias, las que luego podrán acortarse a través de la capacitación. Finalmente será posible certificar formalmente las competencias laborales adquiridas para un determinado puesto de trabajo.
¿Qué es IMPULSA PERSONAS?
Las empresas contribuyentes en Primera Categoría ante SII (Ley sobre Impuesto a la Renta) que:
• Tengan una planilla anual de remuneraciones imponibles superior a 35 UTM.
• Tengan las Cotizaciones Previsionales de sus trabajadores/as pagadas.
¿Cuántos recursos puede destinar la empresa en IMPULSA PERSONAS?
La empresa podrá estimar, de acuerdo a su planilla anual de remuneraciones imponibles del año anterior, el monto disponible para utilizar en IMPULSA PERSONAS de acuerdo a los siguientes tramos:
¿Cuánto es el monto del costo del curso a imputar al programa IMPULSA PERSONA?
Este monto varía de acuerdo a la remuneración de cada participante, ver la siguiente tabla:
¿Cuál es la duración mínima de las actividades de capacitación?
8 horas cronológicas para cursos que se codifiquen a contar del 3 de noviembre de 2014. Se podrán comunicar sin problema aquellos cursos que hayan sido codificados con anterioridad, que cuenten con menos horas.
¿Qué son los OTEC y los OTIC?
Los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) son instituciones acreditadas por Sence que tienen la exclusividad para ejecutar actividades de capacitación que puedan ser imputadas al programa IMPULSA PERSONAS (ex franquicia tributaria).
Los únicos cursos no ejecutados por un OTEC que podrán imputarse a la franquicia tributaria de IMPULSA PERSONAS son los cursos internos y los inter-empresas.
Los Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación (OTIC) son organismos que administran para capacitación parte o todo del 1% de remuneración imponible de sus empresas afiliadas. Además, sirven de nexo entre la empresa y el OTEC. La adhesión a un OTIC es de carácter voluntario.
¿Cuáles son los pasos a seguir?
Paso 1:
Definir si realizará la capacitación en forma directa o si elegirá a un OTIC como intermediario.
Paso 2:
Definir la actividad de capacitación que responda a los intereses de la empresa.
Paso 3:
Gestionar la actividad de capacitación, comenzando por su comunicación a Sence